Proyecto de decreto habilitaría a privados para administrar colegios públicos hasta por 12 años y ampliaría participación de iglesias


Educación

2026-08-25

El Ministerio de Educación, bajo la dirección de Viviane Morales, puso en consulta pública un proyecto de decreto que busca modificar varias disposiciones del decreto 1075 de 2015 relacionadas con la contratación para la prestación y administración del servicio educativo público por parte de entidades territoriales certificadas (ETC).

La iniciativa puede recibir comentarios hasta el 27 de agosto y plantea una nueva diferenciación entre los contratos mediante los cuales un tercero presta directamente el servicio educativo y aquellos en los que actúa como «colaborador» de la entidad territorial para administrar u operar un establecimiento oficial.

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El proyecto, que mantiene la contratación de la prestación del servicio educativo como una medida excepcional, condicionada a que la entidad territorial demuestre insuficiencia o limitaciones de su capacidad oficial, introduce, sin embargo, una categoría distinta para el apoyo a la administración de establecimientos públicos.

Proyecto de decreto habilitaría a privados para administrar colegios públicos hasta por 12 años y ampliaría participación de iglesias

Privados podrían operar colegios públicos hasta por 12 años

La iniciativa modifica, entre otros, el artículo 2.3.1.3.1.6 del decreto 1075 y contempla que personas jurídicas públicas o privadas puedan asumir funciones de organización, coordinación, administración y dirección de establecimientos educativos oficiales. Estos contratos podrían tener una duración de entre dos y hasta 12 años, y los operadores deberán acreditar experiencia e idoneidad en el sector educativo. El establecimiento, sin embargo, continuaría siendo público y la entidad territorial conservaría formalmente la responsabilidad como prestadora del servicio.

Uno de los aspectos que ha generado preocupación entre organizaciones sindicales es el régimen laboral del personal vinculado por estos operadores. El proyecto contempla que los docentes, directivos docentes y trabajadores administrativos contratados por el particular no tendrían relación laboral con la entidad territorial y estarían sometidos al régimen de derecho privado. De esta manera, podrían coexistir en establecimientos oficiales trabajadores vinculados bajo condiciones laborales diferentes a las de los docentes pertenecientes a la planta pública.

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Participación de iglesias y confesiones religiosas

El proyecto contempla contratos con iglesias y confesiones religiosas para promover e implementar estrategias de desarrollo pedagógico en establecimientos oficiales. Bajo esta figura, la entidad territorial aportaría la infraestructura y el personal oficial disponible, mientras que la organización religiosa podría aportar componentes que la administración no esté en capacidad de suministrar, además de apoyo pedagógico y administrativo para el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEI) o del Proyecto Educativo Comunitario (PEC).

Proyecto de decreto habilitaría a privados para administrar colegios públicos hasta por 12 años y ampliaría participación de iglesias

El texto, no obstante, no establece que una iglesia pueda asumir automáticamente la administración de un colegio público. La modalidad de administración general está planteada para personas jurídicas públicas o privadas que acrediten los requisitos de experiencia, trayectoria e idoneidad. La figura específica para iglesias está relacionada con el acompañamiento y desarrollo de estrategias pedagógicas, una posibilidad que, además, ya existe en el decreto 1075 vigente y fue modificada recientemente mediante el decreto 770 de 2025; si bien en Colombia hay comunidades religiosas que sí tienen experiencia en el sector educativo en el régimen privado.

El proyecto también mantiene mecanismos de control: los operadores no podrán subcontratar el objeto contratado, cobrar a los estudiantes por componentes incluidos en la canasta educativa ni impedir las labores de supervisión e interventoría. En situaciones excepcionales, como desastres naturales, alteraciones del orden público o afectaciones graves de infraestructura, las entidades territoriales podrían recurrir a mecanismos de contratación de emergencia. El Ministerio, además, plantea que la contratación del servicio educativo debe reducirse progresivamente a medida que se recupera la capacidad oficial.

Fecode rechaza el proyecto

La propuesta ha recibido una fuerte oposición de Fecode, que sostiene que la reforma podría conducir a una privatización progresiva de la educación pública, trasladar recursos estatales a operadores privados y profundizar la contratación docente bajo condiciones de derecho privado. En su pronunciamiento más reciente, además, Fecode cuestionó la participación de organizaciones religiosas y advirtió sobre lo que considera un posible desconocimiento del carácter laico del Estado.

La organización llamó a construir un frente contra la reforma y pidió revisar especialmente los apartados relacionados con la administración privada de establecimientos oficiales, el régimen laboral de los operadores y los contratos con iglesias y confesiones religiosas.

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