
Helicópteros del Cuerpo de Marines de Estados Unidos sobrevolaron Tumaco en «evaluación operacional»
2026-09-09
Dos helicópteros UH-1Y Venom del Cuerpo de Marines de los Estados Unidos realizaron un sobrevuelo de evaluación operacional en el municipio de Tumaco, Nariño, el pasado 27 de agosto, según confirmó oficialmente el Comando Sur de EE. UU. (Southcom) este miércoles, en su cuenta de X.
La maniobra militar se produjo en medio de la controversia jurídica sobre el tránsito de fuerzas armadas extranjeras en territorio colombiano y en coincidencia con una reciente respuesta del Consejo de Estado a la ONG Temblores que ratifica que el Gobierno nacional no ha solicitado concepto previo para operaciones militares conjuntas con tropas estadounidenses en el país.
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De acuerdo con el reporte difundido por el Comando Sur, las aeronaves pertenecen al Escuadrón de Rotor Basculante Mediano de Marina (VMM) 365 (Reforzado), adscrito a la Fuerza de Combate Litoral-24. Las autoridades militares estadounidenses calificaron la incursión aérea como una «evaluación o estudio operacional» (operational site survey) sobre la zona urbana y rural del puerto nariñense.
Two U.S. Marine Corps UH-1Y Venoms assigned to Marine Medium Tiltrotor Squadron (VMM) 365 (Reinforced), Littoral Combat Force-24, fly side by side during an operational site survey over Tumaco, Colombia, Aug. 27, 2026.
— U.S. Southern Command (@Southcom) September 9, 2026
U.S. military forces are deployed to the #SOUTHCOM area of… pic.twitter.com/Ih1pnkXR5K
El organismo militar norteamericano precisó que este despliegue se ejecuta dentro de las competencias de la Fuerza de Tarea Conjunta Hemisferio Occidental y bajo directrices del Departamento de Guerra de EE. UU. El objetivo declarado de estas operaciones es interrumpir el tráfico ilícito de drogas, disuadir a actores malignos y «proteger la patria mediante una presencia continua» en el área de responsabilidad del Comando Sur.
Paralelamente a las operaciones aéreas en Tumaco, la presidencia del Consejo de Estado emitió una respuesta formal con fecha del 7 de septiembre de 2026 a la organización Temblores ONG, luego de una petición radicada por sus codirectores, Alejandro Lanz Sánchez y Sebastián Lanz Sánchez. En el documento, el alto tribunal confirmó que, tras revisar los registros institucionales entre el 7 de agosto de 2026 y la fecha de la respuesta, «no se encontraron solicitudes dirigidas a esta Corporación mediante las cuales se haya requerido la emisión de concepto en relación con el ingreso, tránsito, permanencia o participación de tropas extranjeras en territorio colombiano, ni específicamente respecto de eventuales operaciones militares conjuntas entre Colombia y los Estados Unidos de América».
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La solicitud elevada por la ONG buscaba esclarecer mediante 27 preguntas si el Ejecutivo había iniciado trámites o pedido dictámenes sobre la presencia y actuación de fuerzas militares extranjeras en suelo nacional.
🚨 El Gobierno de @ABDELAESPRIELLA autorizó operaciones militares conjuntas con Estados Unidos en territorio colombiano sin consultar previamente al @consejodeestado
— Temblores ONG 🐘 (@TembloresOng) September 8, 2026
Ya no es una sospecha. El propio @consejodeestado acaba de confirmárnoslo. Abrimos hilo. 🧵👇 pic.twitter.com/J0WhRc3Twz
En el documento de respuesta, el Consejo de Estado recordó la doctrina constitucional aplicable, fundamentada en el numeral 3 del artículo 237 de la Carta Política y en antecedentes como la decisión de la Sala Plena del 24 de noviembre de 2020 relativa a la Brigada de Asistencia de Fuerza de Seguridad (SFAB). La corporación reiteró que la consulta previa al Consejo de Estado es obligatoria y preventiva en casos de tránsito de tropas o estacionamiento de buques y aeronaves de guerra; sin embargo, precisó que las actividades de asistencia técnica, asesoría, entrenamiento o intercambio de experiencias en el marco de convenios de cooperación internacional no constituyen, por sí solas, un tránsito de tropas, siempre que no impliquen ejercicio del mando, porte de armas o participación directa en operaciones militares.
El alto tribunal aclaró además que, de llegar a emitirse un concepto en la materia, este no tiene carácter vinculante para el Gobierno nacional.

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