¿Cómo funciona la nueva ley que fija distancia mínima para adelantar ciclistas en las vías? Ojo a las multas y sanciones


Movilidad

2026-10-05

Una nueva norma comenzó a regir en Colombia con medidas específicas para proteger a ciclistas y peatones en las vías. Se trata de la Ley 2635 de 2026 que modificó el Código Nacional de Tránsito y estableció, entre otras disposiciones, que los conductores deben mantener una distancia lateral mínima de 1,50 metros al adelantar a una persona que se movilice en bicicleta.

La obligación aplica a los conductores de vehículos automotores que realicen esta maniobra y también contempla a quienes adelanten a usuarios de vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana. Si no se respeta la distancia establecida, la ley determina que se podrá imponer la multa correspondiente a la infracción D6 del Código Nacional de Tránsito. Para 2026, esta sanción equivale a 104,56 Unidades de Valor Básico (UVB), alrededor de $1.266.222, aunque el valor puede disminuir si el infractor cumple las condiciones establecidas para acceder a los descuentos.

Leer más: Cae en Medellín un presunto sicario y un centro de acopio que dejaba 80 millones de pesos diarios

Sin embargo, hay una precisión importante: la licencia de conducción no será suspendida automáticamente por no guardar los 1,50 metros. La Ley 2635 establece que, cuando como consecuencia del incumplimiento de esa distancia se produzcan lesiones o la muerte de un ciclista, la licencia del conductor podrá ser suspendida hasta por 10 años. Es decir, la sanción económica corresponde al incumplimiento de la distancia, mientras que la suspensión de la licencia está asociada a los casos en los que esa conducta genere consecuencias graves.

La nueva legislación también establece otras medidas de protección para los usuarios vulnerables de las vías. Entre ellas, prohíbe que los vehículos automotores o de tracción animal circulen por los bicicarriles y contempla acciones para que las entidades territoriales incorporen proyectos de infraestructura peatonal y ciclista en sus instrumentos de planeación. Además, el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial deberán desarrollar acciones de educación, divulgación y prevención relacionadas con la seguridad de ciclistas y peatones.

La Ley 2635 fue promulgada el 22 de septiembre de 2026 y su artículo séptimo señala que entró en vigencia desde su publicación. Uno de los retos que plantea su aplicación será establecer cómo se comprobará en la práctica que un vehículo mantuvo o no los 1,50 metros durante un adelantamiento, un aspecto que deberá apoyarse en los mecanismos de prueba disponibles para las autoridades de tránsito. Con esta disposición, Colombia incorpora de manera expresa al Código Nacional de Tránsito una distancia mínima para estas maniobras y fija consecuencias específicas para quienes no la respeten.

El historial también muestra la magnitud del problema. En un documento legislativo que recoge información de la ANSV se registra que 2024 cerró con 415 ciclistas fallecidos. La misma serie muestra cifras particularmente altas en años anteriores: 695 casos en 2019, 706 en 2021 y 727 en 2023.