Prima de Navidad para pensionados: pago y descuentos en 2026


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2026-10-28

Los pensionados de Colpensiones recibirán desde el lunes 30 de noviembre de 2026 la mesada ordinaria de ese mes y la mesada 13, conocida como prima de Navidad. Quienes reciben su pensión a través de otras administradoras deberán consultar el calendario de su entidad.

Este ingreso adicional está contemplado en el artículo 50 de la Ley 100 de 1993 para los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia. Es una prestación distinta de la prima de servicios de los trabajadores.

En términos generales, la mesada 13 corresponde a una mensualidad adicional de la pensión. Por ejemplo, para una persona cuya mesada reconocida es de $2.000.000, ese sería el valor de referencia de la prestación, según las condiciones de su reconocimiento.

Marcelo Duque, experto en temas pensionales de Cómo Me Pensiono, explica que la mesada adicional tiene un tratamiento diferente al de los pagos ordinarios frente a los aportes a salud. Por eso, recomienda revisar el comprobante y solicitar una aclaración a la administradora si aparece una deducción por ese concepto.

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Sin embargo, esto no significa que la mesada adicional esté libre de cualquier descuento. El Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional —Fopep— señala que los aportes al Fondo de Solidaridad Pensional también se aplican sobre las mesadas adicionales cuando el pensionado supera los umbrales establecidos por la ley.

Frente a las inquietudes sobre la reforma pensional, Duque señala que la mesada 13 continúa reconocida en la legislación y que los cambios del sistema no deben interpretarse como una eliminación automática de la prima de Navidad.

La mesada 14, por su parte, es una prestación diferente: recibir la prima de fin de año no implica tener derecho a ese otro pago. Para establecer si corresponde, es necesario revisar las normas y las condiciones particulares bajo las cuales se reconoció la pensión.

Los beneficiarios deben verificar el valor consignado y los conceptos incluidos en su comprobante. Si encuentran diferencias o descuentos que consideran improcedentes, pueden presentar una reclamación ante la entidad pagadora, solicitar el detalle de la liquidación y conservar los soportes del trámite.